EL CONTRALOR ESTUDIANTIL
Será un estudiante de grado décimo matriculado en la institución educativa que será elegido democráticamente por los estudiantes matriculados. Será quien lidere la Contraloría Estudiantil. Es requisito para ser candidato a Contralor Estudiantil presentar el plan de Acción. Este cargo es incompatible con el de Personero Estudiantil y con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Funciones:
Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes de la institución a través de actividades formativas y/o lúdicas con el apoyo de la institución y la Contraloría Departamental
Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en la institución con el apoyo de la Contraloría Departamental.
Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.
Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la institución educativa.
Presentar en la institución educativa y fuera de ella un ambiente sano y libre de contaminación así como la preservación de los recursos naturales.
Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social
Presentar una rendición de cuentas semestralmente sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones.
Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental.
EL CONTRALOR AUXILIAR
Será el estudiante que obtenga la segunda votación en las elecciones y ejercerá las mismas funciones del Contralor Estudiantil en los casos de faltas temporales o absolutas. El Contralor Auxiliar debe vincularse al Comité Estudiantil de Control Social , del cual será su secretario Técnico.
EL COMITÉ ESTUDIANTIL DE CONTROL SOCIAL
Estará compuesto por un delegado de cada curso y apoyará en sus funciones y labores al Contralor estudiantil. Se reunirá por lo menos trimestralmente por convocatoria del Contralor Estudiantil.
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